Acción de tutela por no contestación a petición

(12 customer reviews)

$ 240.500 $ 168.350

Este modelo de ACCIÓN DE TUTELA sirve para los casos en los que se hacen peticiones y la entidad ante la cual se hace la solicitud no contesta dentro del término legal, quedando por consiguiente sin solución la petición radicada.

Category:

Description

También sirve este modelo para los casos en los que se hace un derecho de petición y la entidad o persona natural ante la cual se interpuso la misma, no resuelve de fondo la solicitud, pues han dado respuestas evasivas o en el caso de haber solicitado la entrega de un documento el mismo no fue aportado con la respuesta dada por la entidad.
En cuanto el término legal para resolver las peticiones debemos de analizar lo establecido en la legislación sobre la materia, a saber:

Ley 1755 de 2015 – Artículo 14. Términos para resolver las distintas modalidades de peticiones. Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción. Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones:

1. Las peticiones de documentos y de información deberán resolverse dentro de los diez (10) días siguientes a su recepción. Si en ese lapso no se ha dado respuesta al peticionario, se entenderá, para todos los efectos legales, que la respectiva solicitud ha sido aceptada y, por consiguiente, la administración ya no podrá negar la entrega de dichos documentos al peticionario, y como consecuencia las copias se entregarán dentro de los tres (3) días siguientes.

2. Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción.

PARÁGRAFO. Cuando excepcionalmente no fuere posible resolver la petición en los plazos aquí señalados, la autoridad debe informar esta circunstancia al interesado, antes del vencimiento del término señalado en la ley expresando los motivos de la demora y señalando a la vez el plazo razonable en que se resolverá o dará respuesta, que no podrá exceder del doble del inicialmente previsto.

Si una vez vencido el término para dar respuesta a la petición no ha recibido la respuesta puedes proceder a tutelar, el formato que puedes adquirir solo se deberá editar las partes resaltadas en amarillo y podrá radicarse virtualmente como se indica en el siguiente video:

12 reviews for Acción de tutela por no contestación a petición

  1. Ismael Pérez

    Genial muy bueno este formato muy completo los felicito voy a radicar

  2. Gabriela Ramírez

    Esta economico, también sirve para cualquier tutela o solo para tutelar cuando no contestan las peticiones ?

    • AdminGuerrero

      Este formato es solo para el caso cuando no te contestan dentro del término de ley la petición , también sirve para cuando te contestan pero sin darte respuesta de fondo o sin enviarte la documentación pedida.

  3. William Trujillo

    Gracias

  4. Isaias Salazar

    Muy buen servicio el que prestan abogados , los felicito por ese servicio y asesoramiento que ustedes dan todos los días en el canal .

  5. Karen Garcia Foronda

    Muchas pero muchas gracias me ha servido un montón

  6. María Angélica Ramírez Carmona

    Útil contenido el que transmiten día a día

  7. alexandra salazar

    Muchas gracias abogados

  8. Martha Elena Gonzalez

    me resolvieron a favor la tutela, gracias

  9. Alejandra Marín Posada

    Muchas gracias me sirve el producto

  10. Maria Jackeline Hernandez

    El juzgado ordenó que me diesen respuesta a mi petición

    • AdminGuerrero

      Buen día, excelente

  11. Bernardo Plata Laguna

    Muchas gracias muy completo esta

  12. Yasmira Carmona Leal

    muy completo, lo presentare ante el juzgado y les contare que me responden , pedí una documentación con una petición y ni siquiera me dieron respuesta por parte del banco

Add a review

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *